En reciente sentencia, la Corte de Constitucionalidad (CC) sembró más inseguridad jurídica en el país de la ya existente. Por tres votos contra dos, dio la razón a la Comisión Nacional de Energía Eléctrica frente al amparo de la Empresa Eléctrica (EEGSA). Dictaminó que el ente gubernamental puede fijar el VAD, es decir la parte proporcional de la tarifa que va a parar a la distribuidora. Eso es mucho más que un tecnicismo jurídico y su trascendencia la pagaremos todos en el mediano plazo. El reclamo internacional apunta a más de Q5.000 millones. Si usted es inversor ya sabe que se expone a que ese ente, insisto del Gobierno, regule los beneficios de su inversión al capricho del momento y no podrá acudir a ninguna instancia judicial para exponer o pelear su caso puesto que ya se dictó sentencia definitiva. Sus inversiones quedarán condicionadas a la relación que mantenga con el poder.
Cuando se llevó a cabo la privatización, se publicó una ley que “aseguraba”, precisamente, que ni las distribuidoras ni el órgano central pudieran amañar los procesos en su beneficio. Se certificaba con ello que el precio final debería fijarse por alguien con capacidad técnica que no perteneciera ni al Gobierno ni obedeciera a los intereses de las empresas. Por ello, la Comisión Pericial, conformada por expertos en la materia, debería ser la única con esa capacidad (véase Chile). Sin embargo, la particular interpretación, mínimamente ganada, de la CC fija nuevas y preocupantes reglas de juego para los negocios en general, ya que la distribución afecta a todo el colectivo empresarial y de ahí la trascendencia del evento. Ahora, cualquier Gobierno puede agarrar, por donde yo me sé, a quienes pensaban que eso era un problema de la EEGSA. ¿Cuánto pagará su empresa por la próxima factura eléctrica?, la respuesta es que el Gobierno de turno lo decidirá. ¡Agárrese a las consecuencias!.
Por otra parte, eso de que todas las disputas puedan llegar a la CC parece un mecanismo perverso. En otros lugares del mundo, esos que denominamos civilizados, a donde viajamos y nos maravillamos de lo que ocurre, la CC se limita a resolver interpretaciones de la Constitución. Es decir, termina siendo un tribunal de interpretación política, más que penal, administrativo o civil. El hecho de utilizar la CC como “Súper Corte Suprema de Justicia” la deja en evidencia y debería atraer la atención del ciudadano en la elección y en el actuar de sus integrantes. ¿Cómo es posible que algún magistrado cuyo hijo trabaja en una importante Dirección de Gobierno pueda resolver imparcialmente asuntos donde el Gobierno es parte?, o ¿cuántos son catedráticos asalariados de universidad pública o suplentes con despacho abierto?. Si se incursiona en el Derecho, la excusa o la recusación son instrumentos que intentan prevenir la actuación tendenciosa e incluso delictiva de magistrados que son juez y parte en ciertos asuntos.
Tras el empacho de la pasada elección de magistrados pareciera que hay un conformismo con la actual situación y, sin embargo, el peligro sigue latente. Mientras exista una CC conformada políticamente, como ahora, y pueda conocer de todos los asuntos, de nada nos sirve que fiscalicemos la selección de jueces o tribunales de menor nivel. Si a ello le añadimos que hay intereses de algunos magistrados que pueden incidir en el principio de independencia judicial, la suerte está echada.
Los inversionistas sí terminan por valorar todos esos puntos. ¿Será por eso la reciente escasa oferta -3 de 16 posibles- (una es del propio Estado), en la licitación de anillos de transporte eléctrico?.
El Problema real es que cualquier inversor extrangero, analizando la inseguridad de justicia existente en Guatemala por los topicos anteriormente bien redactados por Pedro...no creo que quiera invertir en Guatemala (Que loco querra arriesgarse)...aunado ha esto el desarrollo se vera afectado a corto, mediano y largo plazo. Que lastima pero esta es nuestra cruda realidad. Y a proposito este mes ya me salio Q 250.00 más en mi factura de luz. Alerta a todos...Alerta roja.
ResponderEliminarSu reciente comentario en Prensa Libre (08-12-09) titulado “La Corte”, defiende las tarifas de consumo eléctrico pretendidas por la EEGSA (consorcio de empresas española, estadounidense y portuguesa) que adquirieron la misma al irrisorio precio de Q.520,000.000.25 (la cifra dice: quetzales) con una cartera de casi un millón de consumidores. Para justificar su defensa, compara las leyes chilena y guatemalteca y, para colmo, se extraña que del asunto haya conocido la Corte de Constitucionalidad. Para escribir con fundamento, lo primero que hubiera tenido que hacer era acudir a la red de la CC y leer la sentencia en su totalidad, así se daría cuenta que la CC no fue quien atrajo el caso a su jurisdicción, sino fueron los personeros de la EEGSA, quienes requirieron su intervención. Además, que la resolución del tribunal está basada en estricto Derecho, incluyendo precendentes. Luego, que Chile y Guatemala no están situados en las mismas coordenadas geográficas y que lo que aquí se aplica son las leyes de este país. Al fin de cuentas, el enredo planteado por los distribuidores devenía de un puntito semántico: es “pericial” o es “arbitral”. Respecto del supuesto escándalo de una demanda en el extranjero, mi profesor me aclaró que el chantaje de esa amenaza consistía en que para que los jueces extranjeros no despedacen a Guatemala, es mejor que la hagan pedazos los jueces guatemaltecos.
ResponderEliminarFinalmente, antes de insinuar el descrédito de un magistrado guatemalteco, hubiera podido solicitar información sobre su historial político y académico para corroborar que en cincuenta años de vida pública, incluyendo su decisiva participación en la fundación de la UFM, su mano nunca ha temblado frente al poder o los grupos de presión.
Ricardo Morales Aceituno
Respondo a sus apreciaciones en relación con mi articulo del dia de ayer.
ResponderEliminarEn primer lugar NO defiendo las tarifas de consumo electrico, sino el Estado de Derecho y que la ley se interprete tal cual el espiritu de la misma y no de manera antojadiza de una CC politicamente nombrada y con intereses, como al final indico.
Decir que la cantidad de Q520 milllones fue "pirrica", creo que es mucho decir, sobre todo porque de cinco ofertantes, en aquel entonces, el concurso se adjudico a la empresa que mas ofrecio. Tampoco es cierto que la cartera de consumidores fuera de un millon, le recuerdo que, en aquel entonces, unicamente era de 500.000.
Yo no comparo la leyes chilenas con las guatemaltecas, sino el procedimiento que se da en cada pais. En el primero es un ente tecnico, al margen del gobierno y la empresa, en este, se pensaba que el espiritu de la ley era similar y de ahi mi critica a la decisión de la CC de no seguir ese espiritu y dejar que sea el gobierno el que fije tarifas.... Senior mio, se acabo la seguridad juridica y la certeza de que se haran las cosas tecnicamente.
Veo que quien no leyo la sentecia de la CC fue usted, que dice que si lo hizo y duda de que yo lo hiciera e incluso comenta que no está escrito el articulo con fundamento. Quien acudio a la misma fue la CNEE al no querer observar o estar contra un amparo que un juez le otorgo a la EEGSA en donde se le daba la razón. Insista en ello y observará que así es.
Dudo que este apegada a estricto derecho, como usted indica. Podria investigar y es posible que descubriera que antes que esa sentencia pudo haber otra en sentido contrario que se "perdio" por llamadas de presiones politicas a algunos magistrados... ?De que independencia yhonestidad me esta usted hablando?.... bueno eso es una "suposición". Pero como usted se siente bien informado, igual consigue la sentencia contrario... en la papelera.
Lamentablemente Chile y Guatemala estan en lugares diferentes, lo que no es apoyo suficiente, como usted indica, para terminar afirmando que aqui se cumplen las leyes del pais. Claro está, y ese es el punto. Alli se hace bien y aqui mal. Esa es mi critica y su conformismo.
Yo no desprestigio a ningun magistrado, pero si evidencio y cuestiono la impacialidad de quienes tienen familiares directos en el gobierno, especialmente cuando las disputas son con el mismo gobierno. Usted conoce lo que es la recusación y la excusa, por tanto eso es lo que deberia haber ocurrido, que un honorable magistrado, a la vista de que habia intereses encontrados y conforme a su historial, su perseverancia con los grupos de poder y su larga experiencia, se hubiese pensado que deberia haberse excusado, pero no fue asi. Mire el honor el la principal divisa, pero una vez perdido, no se recupera jamas.... esta ultima frase es de la cartilla policial de un pais europeo.
Me parece que le salio bien la respuesta, pero le faltan argumentos. Gracias, por haberme permitido aclarar algunos puntos. Pedro Trujillo