lunes, 11 de junio de 2018

La magna Corte y sus chapuzas


Pareciera ser que la CC está incitando al Presidente a la declaración de non grato 
(no subido en la fecha de su publicación del 5/JUN/18)

La Corte de Constitucionalidad sorprende con algunas resoluciones, y con la ausencia de otras. En esta ocasión ha sido con el amparo provisional otorgado a la Fundación Mack y al abogado Carrillo, en relación con la petición del gobierno para cambiar al embajador de Suecia.
Llama la atención la solicitud previa de amparo -que también hizo el PDH- para el embajador sueco mientras se ignoró a la embajadora venezolana, aunque para ambos se esgrimieron idénticas razones. Ese disparatado interés por uno y el ninguneo de la otra, genera dudas sobre la búsqueda de justicia y apunta a satisfacer otros intereses, especialmente cuando cooperación sueca ha financiado a la Fundación Mack y la magistrada Porras -consultora para OACNUDH cuando la dirigía el ahora embajador sueco- no se inhibió como éticamente le permite el artículo 170 de la ley Amparo. Doble contaminación que amarra justicia y favores, especialmente cuando la decisión del tribunal ha estado dividida.
La CC sustenta su resolución (II) en los artículos 1 y 2 constitucionales: “el fin supremo del Estado es la realización del bien común que garantiza a los habitantes la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz….”, pero ignora que ellos mismos los incumplen dolosamente al no emitir sentencia en casos como la minera San Rafael o la mina Exmingua y vulneran, además de derechos procesales, alguno de los principios básicos en que sustentan el amparo. Burda contradicción y paparrucha jurídica que debería hacerles meditar sobre sus irresponsabilidades como tribunal.
Tampoco citan el artículo 9 de la Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas: “El Estado receptor podrá, en cualquier momento y sin tener que exponer los motivos de su decisión comunicar al Estado acreditante que el jefe u otro miembro del personal diplomático de la misión es persona non grata, …”. Conclusión en román paladino para neófitos: se puede declarar no grato a cualquier embajador sin tener que dar explicaciones, otra cosa es justificarlo por cortesía.
No entro en los motivos para expulsar a los embajadores, porque quiero reflexionar sobre cómo este asunto se  ha desenfocado, y mientras se defiende a uno y se ignora a la otra, se hace un interesado juego político que utiliza la justicia como elemento distractor. Lo correcto sería defender o condenar, cambiar o echar, amparar o no hacerlo a ambos embajadores y, sobre todo, dejarnos de emperifollamientos y elucubraciones mentales porque hay una discrecionalidad -guste o no- que la citada Convención otorga a los estados: echar a cualquier diplomático sin necesidad de dar explicaciones.
Qué haya que actuar en forma, es otra cosa, pero también para la CC. Qué sea el Presidente quien tome y firme la expulsión, es correcto y constitucional, pero recordemos que por ahora lo que se ha pedido es el cambio y el artículo 1, numeral 2, de la Convención de Viena permite hacerlo al ministro del ramo. Pareciera ser que la CC está incitando al Presidente a la declaración de non grato.
No callemos la judicialización de la política, porque cuando se politiza la justicia nos rasgamos las vestiduras. Lo mal hecho siempre es incorrecto y hay que señalarlo con igual intensidad, no es permisible la militancia ideológica o buscar una justicia ad hoc o amigable con los financistas, en el momento que vivimos, es lo peor que puede ocurrir. Este asunto -como el de los Bitkovs- está interesadamente manipulado.
PD: Mis condolencias por los fallecidos, heridos y desaparecidos por la erupción del volcán; mi repudio a quienes son incapaces de planificar mejor cuando los desastres son recurrentes; mi admiración a soldados, policías, bomberos y sanitarios.

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