lunes, 5 de julio de 2021

¿Justicia por principios o a la carta?

Al criminal se le vence con la ley en la mano, la acusación sustentada y el juicio público, lo demás son manipulaciones

En 2003, Estados Unidos invadió Irak bajo la justificación de que contaban con armas de destrucción masiva. Tiempo después se supo que nunca las hubo. Acababa de aplicarse la “legítima defensa preventiva”, un constructo semántico que incluía “legítima defensa” pero que no tenía que cumplir con los requisitos de aquella, ya que se podía construir el marco justificativo necesario para legitimarla ¡Claro, solo posible para potencias mundiales!

Poco antes de aquella fecha se había activado el centro de detención de Guantánamo, prisión para “combatientes enemigos ilegales” recluidos por tiempo indefinido y sin derecho a la justicia ordinaria. Años después, un comando militar intervino en Pakistán y “desapareció” a Osama Bin Laden un terrorista sin juicio ni sepultura conocida, aunque no alteró mucho a la comunidad internacional porque había sido señalado por la justicia norteamericana. Pocos días atrás, se publicó un lista que incluye a personas señaladas de corrupción o de pertenecer a estructuras criminales, aunque muchos de ellos no han sido acusados en tribunales. 

Me puedo sumar a la idea de que Sadam Hussein (mantenido en el poder por sucesivas administraciones norteamericanas) era un asesino; Bin Laden un terrorista despiadado, y quienes están en la lista Engels personajes oscuros o delincuentes. Sin embargo, las actuaciones descritas no se enmarcan en el Estado de Derecho al que aspira una sociedad de personas libre que invoca constantemente la observancia de los derechos humanos. La razón de Estado ha sido esgrimida tradicionalmente por los gobiernos para actuar, arbitrariamente y con aparentes visos de legalidad, contra opositores, y fue el argumento de regímenes represores que se acogían a la doctrina de seguridad nacional. Por tanto, no es aceptable condenar la actuación de unos y aplaudir la de otros cuando se hace bajo idéntico esquema argumentativo.

No faltarán quienes desdigan lo anterior con la tesis que hay Estados solidos y democráticos y otros que no lo son, admitiendo lo que hacen los primeros y rechazando idénticas acciones de los segundos. De ser así, están legalizando ciertos prejuicios y arbitrariedades, y justificando la “dictadura buena” o si se quiere el no Estado de Derecho, cuando es aplicado por “un buen Estado”, concepto a todas luces subjetivo e interesado.

El Estado de Derecho requiere de normas generales y universales y no de conceptos propios del “Derecho penal del enemigo”. Al criminal se le vence con la ley en la mano, la acusación sustentada y el juicio público, lo demás son manipulaciones. Un Estado puede negar el ingreso a su país a aquellas personas que el gobierno de turno considere, pero no puede publicar una listado que somete al escarnio mundial a quienes no han sido acusados formalmente, juzgados o condenados. Por cierto, actuación que únicamente hace con extranjeros y no con nacionales porque violaría las garantías constitucionales de sus ciudadanos ¡Cómo si la violación no existiera cuando no lo son!

Se puede entender al poderoso desde la acción política -siempre ideológica- pero nunca justificarla desde la concepción filosófico-jurídica, porque cuando eso ocurre se pierde la razón. A los criminales -y en Guatemala sobran- se les detiene, acusa, juzga y condena, pero no se les vilipendia sin posibilidad de defensa porque no es justificable la lucha por los DD.HH. desde la violación de aquellos. El individuo no tiene que demostrar su inocencia; el sistema debe probar la culpabilidad. Pensar al revés lleva a la destrucción de la democracia liberal y del Estado de Derecho, aunque lo hagan los norteamericanos que son tan justos y correctos a pesar de 1954 o 1982, o lo tomemos como una forma de colonialismo habitual y aceptado

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