“Un pueblo
que valora sus privilegios por encima de sus principios, perderá ambos”
En una sociedad autoritaria o sin
división de poderes, se podría considerar la figura jurídica del antejuicio para
ciertos funcionarios públicos. Sin embargo no es el caso nacional, por lo que
debe de promoverse un debate sobre la supresión de tal privilegio.
El antejuicio, además de generar muchas
reflexiones, representa un beneficio especial e innecesario en una sociedad que
promulga la igualdad de derechos y obligaciones y en la que el ciudadano es el
dueño del poder legitimo y el político un administrador delegado. Además, no
todos los procesos de antejuicio van precedidos de una acción judicial. Los
magistrados de la CSJ, por ejemplo, deben son desaforados por el Congreso lo
que se traduce en una decisión que no asegura el correspondiente criterio técnico
sino el interés político del momento. Otra cosa sería que fuese un tribunal
superior quien tomase la decisión. Muy importante en la discusión, es que se
esgrimen razones que ponen en duda la capacidad y el criterio certero y honesto
del juez que pudiera llevar el caso y se presupone que “como seguramente el
juez lo hará mal”, es necesario un antejuicio antes de que aquel decida qué
hacer. Si fuera así, idéntico razonamiento debería considerarse para con todas
las actuaciones de los magistrados y, consecuentemente, actuar para mejorar la
judicatura pero no conceder beneficios como excusa. Finalmente (aunque caben más
razones), agregar que el antejuicio ha sido el refugio de muchos canallas y las
instancias correspondientes están llenas de solicitudes que no se resuelven en
tiempo convirtiéndose la inmunidad en impunidad ¡Razones sobran para que tal
figura deje de existir!
Pero como la discusión está caliente en
el ambiente, es posible que se busquen, como en toda obtención de privilegios, arreglos
que cedan en aspectos formales pero no de fondo, lo que aconseja incursionar en
ese escenario de propuestas. Si el antejuicio se quiere dejar -aunque sea por
conveniencia política- hay que considerar varios cosas. Debe de limitarse a
cargos elegidos/electos y no a candidatos durante procesos electorales. Incluso
así, deberían dejarse fuera a los alcaldes, cuna de la mayor corrupción de este
país. De mantenerse tal figura habría, inexorablemente, que fijar un máximo de
30 días improrrogables para que el organismo encargado de resolverlo -de
preferencia judicial- lo hiciera y, transcurrido ese tiempo, el silencio administrativo
se considere positivo y automáticamente quede levantado. La investigación del
MP no tiene que sujetarse a tal privilegio, aunque si la apertura de
procedimiento. Si se trata de “no perturbar” el devenir político del “dignatario”,
es aceptable que el proceso penal requiera levantar el antejuicio pero no
afecte la investigación, porque de lo contrario mientras se debate su concesión
se pueden anular pruebas, modificar conductas o amedrentar a testigos. Por
último, habría que castigar muy marcadamente las denuncias falsas y promover
que tanto el MP como el juez puedan desestimar rápidamente aquellas que no
tengan contenido o estén maliciosamente formuladas, castigando a quienes se
prestan a esas maniobras y gastan tiempo y recursos del Estado. Elevar el costo
de la denuncia falsa haría que desaparecieran o tuvieran altísimo costo, así no
afectarían con inútil asistencia a tribunales a ningún ciudadano.
Soluciones sobran ¿Habrá capacidad para
adoptar la más conveniente y dejar de un lado privilegios que han marcado una
etapa histórica y una forma inmoral y delictiva de actuar? ¡Esa es otra
cuestión! y el Presidente parece no tenerla clara.
No hay comentarios:
Publicar un comentario