¡No se puede engañar a todos todo el tiempo!
De
nuevo las diatribas sobre “genocidio” en el país. El debate no carece de
importancia. De conseguirse una condena hay sustanciosas cantidades de dinero para
ciertas organizaciones y personas en concreto -los vividores del cuento y del
conflicto- así que tienen que luchar “por el pan de cada día”. Que recuerde, hay tres casos paradigmáticos relacionados
con genocidio: el holocausto judío perpetrado por los nazis, el de Ruanda
(hutus-tutsis) y el conflicto serbio-bosnio. El primero fue anterior a la
Convención, el segundo tuvo una condena contundente y el tercero parcial (no
internacional), pero en los tres se dan ciertas características que permiten comparar
y extraer conclusiones, para no hablar sobre supuestos imaginarios, inventados
o ideológicamente comprometidos. El holocausto puede calificarse de étnico-religioso
y supuso la exterminación sistemática de todo aquel que era judío, precisamente
por el hecho de serlo. No hubo ningún nazi en el grupo exterminado ni a la
inversa, ningún judío en el ejército nazi. Ambos grupos eran excluyentes. El
caso ruandés fue eminentemente étnico y coincidió con el anterior en qué un clan
excluía al otro; se mataba al contrario precisamente por pertenecer a un
colectivo diferente. Finalmente, el caso serbio-bosnio puede catalogarse
también de étnico-religioso y la persecución -sistemática- ocurría por
pertenecer al bando que profesaba otra religión. En resumen, en los tres supuestos
había dos grupos perfectamente diferenciados, eran excluyentes entre sí,
existía una intención de eliminar a uno de ellos de forma sistemática y había
causas de orden étnico, racial o religioso, es decir, se daban las condiciones
que la Convención determina.
En
el conflicto guatemalteco no se manifestó una sola de las características anteriores,
razón por la que se elaborado supuestos extensivos del delito o lo que es lo
mismo, una invención prefabricada e interesada de las condiciones y de la situación
o un intento de pacto judicial. Los dos bandos existentes: el ejército (Estado)
y la guerrilla estaban integrados por personas de diferentes etnias y se dieron
causas religiosas, raciales u otras que permitan establecer una persecución
sistemática. Se agredía “al otro” porque pertenecía a distinto bando, sin
importar quien fuese la victima, el momento, la creencia, la etnia o la
religión, lo que imposibilita establecer una categorización como en los casos anteriormente
analizados. No se puede hablar de genocidio más que forzando la interpretación
o acudiendo -como en un peritaje judicial- a definiciones como la del
diccionario o la comisión de esclarecimiento histórico, ambas desechadas porque
hay un convenio específico y preciso. Limitados a lo que dice la Convención -que
es lo legal- de ninguna forma se puede establecer la relación causa-efecto que
algunos quieren forzar. Esto no quita que efectivamente murió mucha gente de
forma atroz y que haya quien abogue por buscar culpables o investigar las
causas, pero de ahí a hablar con propiedad de genocidio hay un abismo que ni en
el caso bosnio fue reconocido por tribunales internacionales.
Se
requiere seriedad en este tema, lo que no va con los manipuladores de la verdad
que verán reducidas sus ayudas sino consiguen una sentencia favorable. Declarar
que en Guatemala hubo genocidio, sin ajustarse a los postulados de la Convención,
sería llegar a la conclusión de que en todo conflicto lo hay y eso es una inadmisible
extravagancia judicial. A fin de cuentas muchos de los que buscan “justicia”
les pela las victimas y únicamente reclaman protagonismo y dinero, a fin de
cuentas ¡viles y repulsivos mercantilistas
del conflicto!
1 comentario:
Pedro:
Me parece que te faltó una palabra: NO, donde dice "y(no) se dieron causas religiosas, raciales u otras..."
Totalmente de acuerdo con tu artículo. Es innegable que se hubieron terribles y lamentables matanzas, pero genocidio, no.
Luis Rodrigo Asturias
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